Aplazamiento de deudas
Recuerde los plazos de aplazamiento que suele conceder Hacienda.
La cuantía máxima de las deudas que Hacienda permite aplazar de forma automática y sin aportación de garantías es, en la actualidad, de 50.000 euros. Y respecto a los plazos máximos de fraccionamiento de las deudas que no superan esa cantidad, los criterios de concesión según las instrucciones internas existentes en la Administración Tributaria son los siguientes:
- Hasta 24 meses para personas físicas.
- Y hasta 12 meses para personas jurídicas.
No obstante, puede suceder que un contribuyente no pueda hacer frente al calendario de pagos de Hacienda, de modo que, aunque éste sea el máximo permitido por las instrucciones internas, los pagos le resulten inasumibles. En ese caso, algunos tribunales consideran que el afectado tiene derecho a solicitar un calendario de pagos al que pueda hacer frente. Y Hacienda, por su parte, debe concederle unos plazos de fraccionamiento acordes con su capacidad de pago y sus circunstancias personales.
Si tiene dificultades de tesorería y necesita aplazar el pago de algún impuesto, nuestros profesionales le ayudarán a realizar los trámites oportunos.
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Existencias de servicios
Si su empresa trabaja por proyectos, tal vez deba contabilizar existencias en su activo.
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Facturación electrónica: entrada en vigor
Ya se conoce la fecha de entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria.
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Cambios a la hora de facturar
Recuerde las principales novedades que próximamente entrarán en vigor en materia de facturación.
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